Enviado por jcardoso el

Información para empresas que desean contratar personas migrantes

Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, cuando es solicitada por razones humanitarias. Nota: Es indispensable que el proceso de autorización ante el Instituto Nacional de Migración (INM) lo realice previamente el empleador. Para más información: https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-visitante-con-permiso-para-realizar-actividades-remuneradas/SRE268

Visa de Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, cuando es solicitada por oferta de empleo. Nota: Es requisito que la persona extranjera para la que se requiere la visa no cuente con una solicitud de visa de residencia temporal o de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, solicitada al Instituto por oferta de empleo pendiente de resolución. Para más información: https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-por-oferta-de-empleo/INM73

Visa de Residencia temporal, cuando es solicitada por oferta de empleo o por unidad familiar. Para más información: https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-temporal/SRE260

Visa de Residencia permanente, cuando es solicitada por oferta de empleo en el sistema de puntos, por unidad familiar o por derivación del reconocimiento de la condición de refugiado. Derechos por la expedición de visa en pasaporte extranjero $40.00 usd. Para más información: https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-de-residencia-permanente/SRE236

 

Country of Interest