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Información para empresas que desean contratar personas migrantes

  • Trámite de Permisos de Trabajo

El Permiso Laboral lo solicita el empleador interesado directamente ante el Ministerio de Trabajo, y el trámite se presenta de forma simultánea al trámite en Migración. De conformidad con los requisitos de Residente Temporal como trabajador migrante, después de haber solicitado el permiso migratorio la persona tiene hasta 3 meses para presentar el permiso laboral. 

Requisitos:
1. Solicitud por escrito dirigida el Director General del Empleo, señalando lugar para recibir notificaciones (dirección, teléfono y número de NIT),  firmada por el representante legal de la entidad.
2. Fotocopia autenticada de la representación legal del empleador así como de su registro respectivo.
3. Fotocopia autenticada completa de cédula de vecindad, DPI o pasaporte del extranjero a contratar.
4. Fotocopia autenticada de la Situación migratoria (visa de residencia temporal o permanente, o constancia de inicio de trámite ante Dirección General de Migración), (si consta en el pasaporte se obvia este requisito).
5. Acta notarial o documento con firma legalizada, en la que conste que el empleador solicitante se hace responsable de la conducta del extranjero a contratar, por el plazo que dure la relación laboral.
6. Certificación contable extendida por Contador autorizado, en la que conste el número total de trabajadores de la entidad, así como cuantos son nacionales y cuantos extranjeros, y sus respectivos porcentajes; así también el total de salarios pagados, así como el total pagado a nacionales y el total pagado a extranjeros, con sus respectivos porcentajes, esto de hacerse conformidad con el libro de salarios autorizado, indicando el número de registro y fecha de autorización, correspondiendo dicha información a la última semana, quincena o mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud, según la periodicidad de pago de salario establecido por la empresa.
7. Fotocopia autenticada del nombramiento al cargo del extranjero a contratar y en su caso con la razón de su inscripción registral respectivo, indicando de manera detallada el perfil del puesto y las funciones que desempeñará, en caso sea profesional, acreditar su incorporación a la Universidad de San Carlos de Guatemala.
8. Declaración jurada o documento con firma legalizada, donde conste que el extranjero a contratar hable, entiende, lee y escribe el idioma español, cuando proceda de un país cuyo idioma sea distinto al español.
9. Declaración expresa del solicitante en la que se obliga a la capacitación de personal guatemalteco, mediante el pago por cada solicitud de permiso de trabajo, de la cuota establecida por la Dirección General de Capacitación y Formación Profesional, debiendo presentar fotocopia de la constancia de pago de dicha suma (debiendo confrontarse, Q.3,000.00)

Para más información:  https://www.mintrabajo.gob.gt/images/Servicios/DGE/Permisos_de_Trabajo_para_Extranjeros/Solicitud_Para_Laborar_a_La_Orden_de_Empresa_Determinda.pdf

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