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En Nicaragua la forma en que el gobierno da a una persona extranjera el permiso para trabajar es mediante la solicitud de residencia temporal, que tiene unas subcategorías, y residencia permanente.
1) Documentos Generales para presentar por Residencia Temporal
- Formulario de Solicitud.
- Carta de solicitud de residencia, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Original en buen estado y fotocopia del pasaporte (vigencia no menor a los seis meses). Los nacionales de los países del CA- 4, en casos excepcionales podrán presentar original y fotocopia de Cédula de Identidad vigente.
- Dos Fotografías tamaño pasaporte (4½ de alto por 3 ½ de ancho), fondo blanco, sin lentes, sin sombrero, gorra, orejas y frente descubierta.
- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por la autoridad competente del país de origen o de residencia de los últimos tres años, apostillada o debidamente autenticada por el Consulado de Nicaragua, el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen, y por la cancillería en Nicaragua. Los menores de 18 años de edad están exentos de este requisito.
- Certificado de nacimiento y de naturalización en caso de haber adquirido otra nacionalidad, emitido por autoridad competente de su país de origen, debidamente apostillado o autenticado según sea el caso.
- Certificado de salud emitido por la autoridad de su país de residencia o de las autoridades de salud nicaragüenses.
- Aprobada la Resolución de Autorización de Residencia, el ciudadano deberá realizar el depósito en garantía, equivalente a un pasaje de retorno a su país de origen que será depositado en la caja de la DGME, por lo que deberá presentar dos proformas de dos líneas aéreas diferente.
- Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria para autorizar o denegar dicha solicitud, de no presentarla en el plazo otorgado, se archivarán las diligencias y el ciudadano deberá realizar el trámite nuevamente.
Requisitos específicos para presentar según la profesión (SubCatergorías):
• Científicos, profesionales, técnicos y personal especializado
- Carta solicitando la residencia con la condición uno (A TRABAJAR), en el caso de los ciudadanos contratados en el exterior, deberán presentar dicha carta al momento de su ingreso por cualquier puesto fronterizo.
- Contrato individual de trabajo certificado por el Ministerio del Trabajo, (especificando que este se hará efectivo una vez que la DGME otorgue al ciudadano, la residencia con autorización a trabajar).
- Constancia de cumplimiento del artículo 14 del Código del Trabajo, expedida por el Ministerio del Trabajo.
- Compromiso Notariado del empleador, donde garantiza el retorno a su país de origen o residencia anterior, una vez concluido su contrato laboral.
- Fotocopia del Título Universitario o Certificación que acredite el oficio, profesión o actividad a que se dedica, de acuerdo al cargo a desempeñar en Nicaragua, emitidas por autoridad competente del país de origen o residencia anterior, autenticado por el Consulado de Nicaragua y el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y la cancillería en Nicaragua.
- Fotocopia de Escritura de Constitución de la Empresa solicitante, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y certificada ante Notario Público. En caso de Organismos No Gubernamentales, deberán presentar Constancia de la División de Registro y Control del Ministerio de Gobernación, y fotocopia de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
- Fotocopia de Escritura de Representación Legal e Identificación del representante legal de la Empresa.
- En los casos de extranjeros trabajadores de zonas francas, presentará avala de empleado y empresa de zona franca emitida por la Comisión Nacional de Zona Franca.
- Aprobada la Resolución de Autorización de Residencia, el ciudadano deberá realizar el depósito en garantía, equivalente a un pasaje de retorno a su país de origen que será depositado en la caja de la DGME, por lo que deberá presentar dos proformas de dos líneas aéreas diferente.
- Una vez autorizada la solicitud residencia se requiere realizar el depósito en garantía, equivalente a un pasaje de retorno a su país de origen que será depositado en la caja de la DGME, por lo que deberá presentar dos proformas de dos líneas aéreas diferente.
- Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería).
• Trabajadores Independientes
- Carta solicitando la residencia en la subcategoría de trabajador independiente, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería, especificando el negocio a establecer y el servicio a brindar.
- Declaración de comerciante inscrita en el Registro Mercantil, especificando la actividad o servicio que se realizará (copia autenticada).
- Fotocopia de Matrícula Comercial de la Alcaldía
- Fotocopia de inscripción en la Dirección General de Ingreso, RUC
- Declaración notariada de fuentes de ingresos.
- Solvencia Electrónica de la Dirección General de Ingresos (copia)
- Certificado de Proveedor del Estado, (esto es aplicable a los Consultores independientes).
- Aprobada la Resolución de Autorización de Residencia, el ciudadano deberá realizar el depósito en garantía, equivalente a un pasaje de retorno a su país de origen que será depositado en la caja de la DGME, por lo que deberá presentar dos proformas de dos líneas aéreas diferente.
- Presentar dos proformas del valor del pasaje de retorno a su país, de dos líneas aéreas diferentes, el cual será depositado en la caja de la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria. (Artículo 63 numeral 7 del Reglamento a la ley 761, Ley General de Migración y extranjería).
- Costos :
- Formulario de trámite de solicitud de Residencia: U$ 3 Caja – Migración.
- Residencia temporal anual: U$ 200 Caja – Migración.
- Residencia temporal anual, subcategorías migratorias establecidas en los numerales 4, 6, 7, 8 y 11 del art. 25 de la ley 761: U$ 100 Caja – Migración.
Las demás subcategorías son: Empresarios y Personas Jurídicas sin fines de lucro; Periodistas; Estudiantes; Religiosos; Trabajador en Relación de dependencia; Dependiente Económico; Artistas; Deportistas. Más detalles aquí.
Importante:
- Aprobada la Resolución de Autorización de Residencia, el ciudadano deberá realizar Depósito de Garantía, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 761, “Ley General de Migración y Extranjería”.
- Deberá presentar la proforma del costo del boleto de avión de dos líneas aéreas.
- Todos los documentos presentados en fotocopia deberán estar certificados por notario público.
- Todos los trámites son personales.
- Todos los documentos que provienen del exterior deberán estar autenticados o apostillados.
- Los documentos deberán ser traducidos al español.
- Mientras dure el proceso de solicitud deberá mantener su estancia vigente en el país.
- Todos los trámites son personales.
2) Requisitos comunes para la obtención de Residencia Permanente
- Formulario de Solicitud
- Carta de solicitud de residencia, dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Original en buen estado y fotocopia del pasaporte (vigencia no menor a los seis meses). Los nacionales de los países del CA- 4, en casos excepcionales podrán presentar original y fotocopia de Cédula de Identidad vigente.
- Dos Fotografías tamaño pasaporte (4½ de alto por 3 ½ de ancho), fondo blanco, sin lentes, sin sombrero, gorra, orejas y frente descubierta.
- Certificado de nacimiento y de naturalización en caso de haber adquirido otra nacionalidad, emitido por autoridad competente de su país de origen, debidamente apostillado o autenticado según sea el caso.
- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por la autoridad competente del país de origen o de residencia de los últimos tres años, apostillada o debidamente autenticada por el Consulado de Nicaragua, el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país de origen, y por la cancillería en Nicaragua. Los menores de 18 años de edad, están exentos de éste requisito.
- Certificado de salud, emitido por autoridad competente de su país de origen o residencia anterior, apostillado o autenticado, o de las autoridades de salud nicaragüenses.
- Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria para autorizar o denegar dicha solicitud, de no presentarla en el plazo otorgado, se archivarán las diligencias y el ciudadano deberá realizar el trámite nuevamente.
- Costos:
- Formulario de trámite de solicitud de Residencia: U$ 3 Caja – Migración.
- Residencia permanente por 5 años: U$ 500 Caja – Migración.
- Residencia permanente por 5 años, subcategorías migratorias establecidas en los numerales 1 y 5 del art. 30 de la ley 761. U$ 250 Caja – Migración.
Las subcategorías son: Inmigrante con capital o Inversionista; Residente Rentista; Extranjeros con vínculo de afinidad o consanguinidad con nicaragüense. Más detalles aquí.
Importante:
- Todos los documentos que provienen del exterior deberán estar autenticados o apostillados.
- Los documentos de Certificado de Nacimiento, Certificados de Matrimonio, Certificados de Antecedentes Penales y Certificado de Salud, Diplomas de Profesionales o Certificados de Estudios en el Exterior, deberán ser traducidos al español por traductor autorizado ante un notario con más de 10 años de ejercer el notariado.
- Todos los trámites son personales.
3) Pasos en cualquiera de los casos arriba mencionados
- Deberá ir a la Dirección General de Migración y Extranjería comprar el Formulario de trámite migratorio, que tiene un costo de U$3.00. De allí tendrá el formulario que requiere.
- Presentar todos los requisitos anteriores (incluido el formulario), según su categoría en la sede de Migración. Allí le darán el turno para ser atendido por un oficial de migración.
- Espere a que lo llame el oficial de ventanilla para la recepción de sus documentos. Colilla de trámite, la cual deberá presentar una vez sea notificado sobre la autorización de su residencia.
- ¿Qué debo hacer? Esperar a ser notificado por la DGME sobre la autorización de la residencia, una vez notificado deberá cancelar el arancel correspondiente y tomarse la fotografía para el documento de identidad.
- ¿Qué obtendré? Cédula de residencia temporal.
Ubicación de oficinas de migración, aquí.
Mas información aquí.
Dirección General de Migración y Extranjería
Semáforos de la Tenderí 300 metros al lago. Managua.