9.9410533568008, -84.094583093159
Vacunación y salud: no requiere.
No requiere visa si permanece sólo por treinta (30) días.
Documentos para presentar:
- Pasaporte vigente con seis meses.
- Tiquetes de ida y vuelta a otro país.
- Solvencia económica durante los días de su estadía.
Si va a permanecer más de 30 días en Belice, deberá acudir a una Oficina de Inmigración para prolongar su estancia en Belice. El permiso necesario para prolongar su estancia en Belice más allá de los 30 días es el "Belize Visitor's Permit Extension" o "Prórroga del permiso de estancia en Belice".
La prórroga del permiso de visitante
Esta le permite permanecer en el país a condición de que el titular no ejerza ninguna actividad remunerada o no remunerada, no ejerza ninguna actividad comercial o profesional sin el consentimiento del director de Inmigración y no permanezca en Belice más allá de la fecha de expiración del permiso.
- La Extensión del Permiso de Visitante le permite permanecer en Belice durante 30 días adicionales.
- Todas las tasas son en dólares de Belice.
- La tasa de Extensión del Permiso de Visitante es de BZ$200.00 para todos los nacionales.
Quién puede calificar
- Personas que desean prolongar sus vacaciones en Belice o personas que investigan las posibilidades de asentamiento.
- Las personas que necesiten un visado (véase la sección Visados) después de un número predefinido de días prolongados en Belice, deberán adquirir dicho visado antes de que se les expida una prórroga del permiso de visitante.
- Los titulares de un visado de Belice pueden optar a la prórroga del permiso de visitante.
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