6.8064421200354, -58.151589302783
La aprobación para entrar en Guyana se basa en lo siguiente.
1. El nombre y la dirección del patrocinador/empleador deben proporcionarse al Ministerio del Interior para su tramitación antes de que el solicitante llegue a Guyana;
2. El número de teléfono, el fax y/o la dirección de correo electrónico del patrocinador/empleador deben proporcionarse al Ministerio del Interior para su tramitación antes de que el solicitante llegue a Guyana;
3. El lugar de trabajo debe ser un negocio establecido y debe estar registrado y cumplir con las normas/regulaciones del NIS y del GRA;
4. El empleador debe presentar al Ministerio del Interior el nombre, la dirección y el sexo del empleado/persona que viene a trabajar a Guyana antes de su llegada;
5. La aprobación de la expedición del visado y del permiso de trabajo se concederá a: a. El empleador b. Inmigración
6. El visado a la llegada y el permiso de trabajo se emitirán a la llegada;
7. La solicitud será rechazada si no se cumplen los criterios anteriores y se notificará al empleador, así como a Inmigración.
Más información: http://www.minfor.gov.gy/demo/wp-content/uploads/2016/10/New_Immigratio…;